Si estás pensando en emprender o darte de alta como autónoma o autónomo para desarrollar una actividad laboral por tu cuenta, quizás te interese conocer qué ayudas y subvenciones puedes solicitar.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que, para solicitar algunas de las diferentes opciones que detallaremos a continuación, debes estar dado de alta como autónoma o autónomo por primera vez, ya que el objetivo de estas ayudas es precisamente fomentar el emprendimiento y la creación de nuevos autónomos.
Tarifa plana de 50 euros
Probablemente esta sea la ayuda más conocida que desde enero de 2018 se extiende de 6 meses a un año. Gracias a ella la cuota que deberás pagar a la Seguridad Social será de 50 euros mensuales independientemente del tipo de negocio que decidas emprender.
Capitalización del paro
Para poder solicitar esta ayuda debes ser beneficiario de la prestación contributiva por desempleo y que te falten por percibir, al menos, 3 mensualidades. Para capitalizar lo que te quede de paro existen tres modalidades:
- Percibir en un único pago lo que te reste de tu prestación para invertirlo en tu negocio.
- Cobrar lo que te reste de tu prestación en pagos mensuales para subvencionar la cotización del trabajador a la Seguridad Social.
- Combinar las dos modalidades descritas anteriormente.
La opción de capitalizar el paro es la más conveniente en el que caso de que tu emprendeduría requiera la inversión de capital para el inicio de tu actividad laboral (montar un negocio físico o franquicia, invertir en maquinaria de trabajo, remodelación de un local…), ya que se tendrá que justificar la necesidad de dicha ayuda con un proyecto de inversión así como la acreditación de viabilidad del proyecto.
Es importante solicitar la capitalización del paro antes de darse de alta como autónomo.
Pagar la tasa de autónomo y seguir cobrando el paro
Existe otra opción que te permite seguir cobrando el paro mientras empiezas como autónomo. Puede que sea la mejor opción si tu idea es trabajar como freelance y debes empezar a darte a conocer antes de contar con una cartera de clientes.
En este caso, si estás percibiendo la prestación por desempleo y te das de alta como trabajadora o trabajador por cuenta propia, puedes seguir cobrando el paro durante un máximo de 270 días o durante el tiempo inferior que te quede por percibir.
Para poder acogerte a esta ayuda debes solicitarla en un plazo inferior a 15 días desde que te des de alta como autónomo.
Queremos aprovechar la oportunidad para brindarte nuestro apoyo y asesoramiento en tu plan de negocio y recordarte que nuestra gestoría puede encargarse de todos los trámites necesarios para formalizar tu alta como autónomo.