Una de las novedades que presenta la declaración de la renta de 2022 en Andalucía es la deducción por gastos educativos.
Se podrá deducir el 15% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, de informática o de ambas, con un máximo de 150 euros anuales por cada descendiente.
Los «gastos de enseñanza escolar» hacen referencia a los gastos de escolaridad en los centros docentes de las materias de idiomas, de informática, o de ambas. Se podrá deducir la proporción correspondiente de dichas materias o asignaturas, así como a aquellas que sean impartidas en un idioma extranjero. Dicha proporción se determinará en función del número total de horas lectivas que dichas materias o asignaturas representen en el conjunto de horas lectivas del curso escolar.
Por otro lado, la deducción por gastos educativos también incluyen los derivados de clases extraescolares de informática o de idiomas. Estos gastos pueden ser de centros privados o públicos, oficiales o no, tales como las academias y las escuelas oficiales de idiomas. También las cantidades abonadas a personas físicas en contraprestación por las clases particulares de dichas materias.
Requisitos para aplicar las deducciones por gastos educativos
- La deducción se aplicará respecto de aquellos descendientes por los que se tenga derecho al mínimo por descendiente.
- La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede ser superior a 80.000€ en tributación individual o a 100.000 € en tributación conjunta.
- Para el curso académico 2021/22, las cantidades potencialmente deducibles son las efectivamente satisfechas desde enero de 2022. También se acogerán las cantidades correspondientes al correspondientes al curso académico 2022/23, pero hasta diciembre de 2022.
- Tendrá derecho a aplicar la deducción quien satisfaga de forma efectiva los gastos. Si el pago se realiza desde una cuenta común, ambos podrán deducirse el gasto.
- Cuando haya más de un contribuyente con derecho a la deducción por gastos educativos, la misma se aplicará de forma proporcional. La deducción máxima conjunta será de 150€ por descendiente.
- La justificación por los gastos incurridos se realiza mediante la correspondiente factura, documento sustituto, justificante o recibo.
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