Estamos en plena Campaña de la Renta 2022 y no queríamos dejar de hablar de la posibilidad de deducción por obras de mejora energética en el hogar. El constante incremento del precio de la energía en España ha hecho que muchas personas opten por hacer obras para la mejora de la eficiencia energética de sus viviendas.

Por ello, resulta pertinente conocer que existe la posibilidad de desgravarse hasta el 60% de los gastos por obras de esta índole. Existen tres escenarios posibles:

  1. Deducción por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda.
  2. Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda.
  3. Deducción por obras de rehabilitación energética de edificios.

Para poder aplicar estas deducciones, los pagos de las obras habrán tenido que ser efectuados mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito a las personas o entidades que realicen las obras o que expidan los certificados correspondientes. No darán derecho a deducción las cantidades satisfechas mediante entrega de dinero de curso legal. De esta base, se deberán descontar las cuantías subvencionadas o a subvencionar a través de un programa de ayudas públicas.

Requisitos para aplicar la deducción por obras para mejora de la eficiencia energética

Las obras se habrán tenido que realizar en la vivienda habitual del contribuyente o en cualquier otra de titularidad del contribuyente que esté arrendada o en expectativa de alquiler.

Las obras se habrán tenido que realizar entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022. Con ellas se tendrá que haber reducido, al menos, un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración y una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable.

Se acreditará a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, expedido por el técnico competente después de la realización de las obras, que se comparará con el expedido antes del inicio de las mismas.

No se podrán aplicar las deducciones anteriores cuando la obra se realice en partes de las viviendas que estén afectas a una actividad económica, plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

También cabe señalar que una misma obra no podrá dar derecho a varias deducciones.

Porcentaje de deducción

Se aplicará una deducción del 20% de las obras llevadas a cabo en materia de calefacción y refrigeración con un máximo de 5.000 euros anuales. Por ejemplo un cambio de caldera, la instalación de termostatos digitales o un cambio de ventanas por otras con vidrio doble.

Un 40% de deducción por obras de mejoras en materia de energía primaria no renovable (gas, luz…) con un máximo de 7.500 euros anuales. Estas obras tendrán que conllevar una disminución de al menos un 30% de consumo de energía primaria no renovable.

Finalmente se podrá aplicar un 60% de deducción en el caso de obras de rehabilitación energética de edificios. Estas obras habrán tenido que tener como consecuencia un 30% de ahorro del consumo de energía primaria no renovable o el paso a la categoría A o B de eficiencia en relación al primer CEE.

Si necesitas ayuda con la aplicación de estos incentivos o si quieres que estudiemos tu situación para saber qué deducciones se pueden aplicar en tu caso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y solicitar un presupuesto sin compromiso.

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