Desde enero de 2019 podrá solicitar el distintivo ambiental para su vehículo a través de su gestoría. Este servicio lo puede solicitar para vehículos ya matriculados o en el proceso de cambio de titularidad.
Señalizar adecuadamente su vehículo aún no es obligatorio, pero si es recomendable. Actualmente en grandes urbes, como Madrid, ya son imprescindibles para circular por el centro de la ciudad.
Como señala la DGT, esta categorización tiene su origen en el Plan nacional de calidad del aire y protección de la atmósfera 2013-2016, en la que se afirma que el tráfico rodado es la principal fuente de emisión de dióxido de nitrógeno en las grandes ciudades.
Existen 4 distintivos en función del impacto medioambiental de su vehículo y el principal objetivo de esta distinción es discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente.
- Cero Emisiones: vehículos eléctricos de batería, eléctricos de autonomía extendida, eléctricos híbridos enchufables con una autonomía mínima de 40 km o vehículos de pila de combustible.
- ECO: vehículos eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 kilómetros, híbridos no enchufables, vehículos propulsados por gas natural o vehículos propulsados por gas licuado del petróleo.
- C: turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
- B: turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados desde enero de 2000 hasta diciembre de 2005 y de diésel a partir de 2006 hasta diciembre de 2013. Vehículos de más de 8 plazas y pesados, tanto diésel como gasolina, matriculados a partir de 2005.