La edad legal de jubilación sube a 66 años y cuatro meses con la llegada de 2023. Sin embargo, podrán jubilarse a los 65 años si han acumulado un periodo de cotización de 37 años y 6 meses o más.
Este cambio en la edad mínima de jubilación se debe a la reforma de pensiones de 2013. En ella, se elevaba progresivamente la edad de jubilación desde los 65 a los 67 años, en un horizonte total de 15 años.
Jubilación anticipada
Para que una persona pueda jubilarse anticipadamente de forma voluntaria, tendrá que tener al menos 64 años y 4 meses y contar con menos de 37 años y 9 meses de cotización. En cambio, podrá hacerlo a partir de los 63 años en caso de haber cotizado 37 años y 9 meses o más.
En los casos de la jubilación anticipada involuntaria, podrá aplicarse a partir de los 62 años y 4 meses si se cuentan con menos de 37 años y 9 meses de cotización. Podrá aplicarse a partir de los 61 años si se acumulan esos 37 años y 9 meses o más de cotizaciones.
Jubilación parcial
En el caso de que los trabajadores quieran acceder a la jubilación parcial sin que la empresa haga un contrato de relevo, la edad mínima de acceso será la edad ordinaria de jubilación.
Si la empresa hace un contrato de relevo para cubrir el tiempo de trabajo que deja de trabajar la persona que se jubila parcialmente, la edad mínima de acceso para la jubilación parcial será de 62 años y cuatro meses si se tienen cotizados al menos 35 años y nueve meses. Podrá aplicarse a la edad de 63 años y ocho meses en el caso de que se tengan 33 años cotizados.
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