Tras la denuncia de un vecino del municipio de Boecillo (Valladolid) contra el Ayuntamiento de dicha localidad por incluirle en un chat sin permiso, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) hace ilegal la inclusión no consentida en los grupos de WhatsApp. La AEPD ha resuelto que incluir números de teléfono en grupos de WhatsApp sin consentimiento expreso del titular de la línea contraviene la Ley de Protección de Datos (LOPD), por lo que debemos contar con la aprobación de todos los miembros cuando vayamos a crear un grupo de Whatsapp, ya sea de ámbito personal como profesional. En el mundo en el que vivimos, la hiperconectividad y la digitalización están a la orden del día y cada vez somos más vulnerables. Por eso debemos ser cautelosos tanto con la cesión de nuestros datos personales como con la manipulación de aquellos datos que manejamos, sobre todo en nuestro trabajo. Debemos de asegurarnos de contar con el consentimiento de nuestros trabajadores, proveedores o clientes antes de usar sus datos para un fin no estipulado en las bases del contrato de Ley de Protección de Datos.
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