A partir del 1 de enero de 2021, las bolsas de plástico más comunes (de más de 50 micras de espesor) desaparecerán de los supermercados y comercios. Las únicas que se podrán comercializar son las bolsas compostables ligeras y muy ligeras, y solo estas últimas serán gratuitas.
Llevamos dos años de transición desde el Real Decreto 293/2018. Todas estas medidas tienen como principal objetivo reducir el consumo del plástico y prevenir su impacto negativo sobre el medio ambiente.
Un plan por fases
Desde el 1 de julio de 2018 quedó prohibida “la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos”, lo que hizo que empezáramos a pagar entre 5 y 15 céntimos por ellas.
A partir del 1 de enero de 2020 se prohibió la entrega a los consumidores de bolsas de plástico fragmentable, es decir, bolsas fabricadas con aditivos que fragmentan el plástico en microplásticos.
También a partir de enero de 2020, las bolsas de más de 50 micras deben estar fabricadas con un mínimo del 50% de plástico reciclado.
El siguiente paso comienza el 1 de enero de 2021. Desde ese día, las bolsas más gruesas desaparecerán y solo podrán comercializarse bolsas compostables muy ligeras (utilizadas para alimentos a granel por cuestiones higiénicas) y ligeras (menos de 50 micras).
¿En qué casos se deben cobrar las bolsas de plástico?
Únicamente serán gratuitas las bolsas compostables muy ligeras. Las bolsas que tengan un espesor mayor (entre 15 y 49 micras) se deberán seguir cobrando.
También se cobrarán las de menos de 15 micras (muy ligeras) que se utilicen para otros fines que no sean los establecidos por ley, es decir, para alimentos a granel o por razones de higiene.
Cabe señalar que los restaurantes que utilicen bolsas para transportar la comida para llevar, también deberán cobrarlas.
Por otro lado, quedan exentas las bolsas de basura y los sobres de plástico empleados para las ventas a distancia, ya que estos últimos son considerados envases.