Si estás o has estado con un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) durante este año debes estar pendiente de las retenciones aplicadas tanto por parte de la empresa como por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para evitar sustos en la próxima declaración de la Renta.
¿Qué son las retenciones en el IRPF?
Las retenciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personal Físicas (IRPF) son pagos a cuenta del Impuesto de la Renta que vamos adelantando todos los meses para que, al presentar la declaración anual, no tengamos que pagar la cuota de golpe.
Los autónomos aplican estas retenciones en sus facturas. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, se lo retienen de la nómina.
¿Tienen retenciones las prestaciones públicas?
La mayoría de las ayudas públicas, como las prestaciones por desempleo o por un ERTE, no están sometidas a retención. Así que, al no ir pagando adelantos de este impuesto, puede tocar pagar cuando presentemos la declaración del próximo año.
¿Estaré obligado a presentar la declaración el próximo año?
Las personas acogidas a un ERTE tendrán este año dos pagadores: su empresa y el SEPE, por lo que la obligatoriedad para hacer la declaración se reduce desde los 22.000 a los 14.000 euros anuales.
Por todo ello es muy probable tener que presentar la declaración y que salga “a pagar” debido a las escasas o nulas retenciones aplicadas en las prestaciones públicas.
¿Qué puedo hacer para evitar sustos en la próxima declaración?
Los técnicos de Hacienda aconsejan a los afectados pedir al SEPE, pagador de la prestación del ERTE, que retenga el IRPF o a la empresa que haga ajustes en la retención. Cuanto mayor sea la retención mensual, menor será el posible impacto que tendrá el cobro de la prestación del ERTE en la próxima declaración de la renta.
En Gestoría Cantón estamos a tu disposición para estudiar tu caso de forma particular y ayudarte en la tramitación y presentación de la documentación necesaria, como el Modelo 145, para solicitar una modificación del porcentaje de la retención en el IRPF.