Como cada ejercicio, 2026 llega con ajustes que afectan a la planificación fiscal de autónomos, pymes y sociedades. Aunque no se han anunciado reformas “de todo el sistema”, sí hay novedades relevantes: cambios en la tributación del ahorro en IRPF, tipos y regímenes del IVA, ajustes en el Impuesto sobre Sociedades y, sobre todo, avances y nuevos plazos en la digitalización de la facturación.
A continuación tienes un resumen práctico, pensado para que identifiques qué te impacta y qué conviene revisar cuanto antes.
IRPF en 2026: el foco está en el ahorro
Subida en el tramo más alto de la base del ahorro
Desde 2025 se elevó el tipo marginal máximo aplicable a la base liquidable del ahorro: la parte que exceda de 300.000 € tributa al 30%. En 2026 se mantiene esta escala, por lo que, si obtienes rendimientos del capital (intereses, dividendos, ganancias patrimoniales, etc.) en tramos altos, conviene planificar plusvalías, compensaciones y tiempos de venta.
Autónomos en estimación objetiva (módulos): parámetros y reducción general
Para quienes tributan en estimación objetiva (módulos), se mantienen en 2026 los signos, índices o módulos y, además, se prevé una reducción general del 5% sobre el rendimiento neto de módulos.
Consejo práctico: si dudas entre módulos y estimación directa, 2026 es un buen año para comparar con números reales (margen, gastos deducibles, previsión de ingresos y tendencia del negocio).
IVA en 2026: vuelta a la “normalidad” y prórrogas técnicas para regímenes especiales
En materia de IVA, el titular más realista para 2026 es: menos medidas extraordinarias y más régimen habitual.
Fin de rebajas temporales en alimentos (y el caso del aceite de oliva)
Las rebajas temporales del IVA en determinados alimentos fueron medidas excepcionales ligadas al contexto inflacionario. En la práctica, el escenario actual es el retorno a los tipos habituales. Un matiz importante: el aceite de oliva quedó incorporado a la cesta de bienes con tipo superreducido (4%) de forma estable.
Régimen simplificado y régimen especial agrario
Para 2026 se prorrogan los límites para aplicar el régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA. Esto es especialmente relevante para autónomos y pequeñas actividades que operan en estos regímenes.
Impuesto sobre Sociedades en 2026
Pilar Dos (Impuesto Complementario): imposición mínima efectiva del 15%
Para grandes grupos, el Impuesto Complementario (transposición del marco internacional conocido como Pilar Dos) consolida el objetivo de garantizar un tipo mínimo efectivo del 15%. Si tu empresa forma parte de un grupo grande o multinacional, aquí no hay margen para improvisar: requiere análisis técnico, datos contables consistentes y coordinación.
Microempresas y Entidades de Reducida Dimensión: tipos más bajos en 2026
En 2026 se aplican tipos reducidos en el Impuesto sobre Sociedades para determinadas entidades:
- Microempresas (importe neto de la cifra de negocios inferior a 1 millón de euros):
- 19% por los primeros 50.000 € de base imponible.
- 21% para el resto de base imponible.
- Entidades de reducida dimensión (ERD) (las que cumplen las previsiones del artículo 101 de la LIS):
- 23% en 2026.
Este ajuste cambia el cálculo de pagos fraccionados, la previsión de tesorería y, en muchos casos, la conveniencia de algunas decisiones de cierre (amortizaciones, provisiones, incentivos y calendario de inversiones).
Compensación de bases imponibles negativas y límites para grandes empresas
En paralelo, siguen vigentes limitaciones y reglas específicas para grandes empresas en materias como compensación de bases imponibles negativas y aplicación de deducciones (especialmente cuando el importe neto de la cifra de negocios supera determinados umbrales). Si estás en esa franja, conviene revisar el impacto antes de cerrar el ejercicio.
Facturación y control tributario: Verifactu se mueve a 2027
La digitalización fiscal no se detiene, pero sí cambia el calendario.
La AEAT ha confirmado nuevos plazos para la adaptación de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) / Verifactu:
- Entidades que presenten Impuesto sobre Sociedades: adaptación antes del 1 de enero de 2027.
- Resto de obligados tributarios (incluidos autónomos): adaptación antes del 1 de julio de 2027.
En la práctica, esto te da más margen, pero también un aviso: si cambias de software o emites muchas facturas, es mejor planificarlo con calma, no “cuando falten dos semanas”.
En esta entrada tienes la información al detalle sobre los nuevos plazos.
Impuestos sectoriales: banca y líquidos de cigarrillos electrónicos
En 2026 continúan vigentes figuras creadas recientemente, entre ellas:
- Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.
- Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados.
Son impuestos sectoriales, pero pueden afectar de forma indirecta a precios, costes financieros o cadenas de suministro, según el tipo de actividad.
Por qué conviene planificar 2026 con tiempo
Conocer los tipos es solo el primer paso. Lo importante es anticipar cómo te afectan:
- si estás en módulos, revisar si te conviene seguir o pasar a estimación directa;
- si tributas en Sociedades, calcular el impacto real del tipo (y ajustar pagos fraccionados y tesorería);
- si tienes actividad con mucho movimiento de facturas, preparar el cambio a SIF/Verifactu sin prisas;
- y si tienes rentas del ahorro elevadas, ordenar ventas, compensaciones y calendario.
¿Te ayudamos a aterrizarlo en tu caso?
En Gestoría Cantón (El Ejido, Almería) revisamos tu situación con números y te proponemos un plan claro para 2026: qué cambios te afectan, qué puedes optimizar dentro del marco legal y qué conviene dejar preparado (especialmente en facturación y Sociedades).
Pídenos una revisión fiscal de inicio de año y deja 2026 bien encarrilado desde el minuto uno.